Empresas · Licencias, sanciones y administrativo
Licencias y sanciones, con una respuesta preparada.
Revisión del expediente, documentación y cauce de actuación frente a la Administración.
Expediente — ejemplo de sanción
Documentos
Notificación, acta de inspección y licencia vigente, ya ordenados.
Hechos
Qué afirma la Administración y qué puede acreditarse con los documentos.
Siguiente paso
El despacho revisa el expediente y propone el cauce: alegaciones, recurso o cumplimiento.
El plazo es lo primero. En lo administrativo, dejar pasar el plazo de alegaciones convierte la sanción en firme: pagar lo que sea, sin discutir los hechos. Si te ha llegado una notificación, el momento de actuar es hoy.
El problema
La Administración no espera: sus plazos corren aunque nadie los mire
Un requerimiento archivado sin contestar, una inspección afrontada sin preparación o una sanción aceptada por defecto pueden costar a la empresa mucho más que la multa: la licencia, la subvención o la propia actividad. Frente a la Administración, la defensa existe, pero solo dentro de plazo y con el expediente bien trabajado.
Alcance honesto
Qué hacemos frente a la Administración
Qué hace Mercader Legal
- Licencias de actividad y apertura: viabilidad, solicitud y seguimiento
- Respuesta a requerimientos de la Administración dentro de plazo
- Alegaciones en expedientes sancionadores
- Recursos administrativos contra resoluciones y sanciones
- Reintegros de subvenciones: alegaciones y negociación de la devolución
- Preparación y acompañamiento jurídico en inspecciones
- Relaciones con administraciones: escritos, registros y seguimiento de expedientes
Qué no está incluido
- Recursos contencioso-administrativos ante los tribunales (proyecto separado)
- Peritajes técnicos que exija el expediente
- Inspecciones y procedimientos sancionadores complejos dentro de planes mensuales: se presupuestan aparte
- Tramitación urbanística de grandes proyectos
Proceso
De la notificación a la resolución
En los procedimientos administrativos el calendario manda. Por eso el proceso empieza siempre por la fecha, no por el fondo.
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Recepción y plazo
Lo primero es la fecha: cuándo se notificó y qué plazo corre. De ahí depende todo lo demás, así que conviene enviarnos la notificación el mismo día que llega.
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Análisis del expediente
Revisamos la notificación, los hechos que se imputan, la prueba que obra en el expediente y la normativa aplicable. Aquí se decide si hay defensa sólida o si conviene minimizar daños.
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Alegaciones o recurso
Redactamos y presentamos las alegaciones o el recurso dentro de plazo, con la prueba ordenada y los argumentos que el expediente permite.
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Resolución y siguiente paso
Con la resolución encima de la mesa, valoramos el siguiente movimiento: aceptar, recurrir en vía administrativa o acudir a los tribunales como proyecto separado.
Para defender el expediente necesitaremos
- Notificación completa con fecha de recepción (todas las hojas y el sobre, si lo hay)
- Expediente administrativo si tienes acceso a él
- Licencias, autorizaciones y comunicaciones previas con la Administración
- Pruebas disponibles: fotografías, documentos, testigos, registros
- En subvenciones: convocatoria, justificación presentada y requerimiento de reintegro
Guarda siempre el sobre o el justificante de la notificación: la fecha de recepción decide el plazo y, a veces, la nulidad de la notificación.
Honorarios
Presupuesto por procedimiento
Cada expediente se presupuesta por escrito según su fase y complejidad: unas alegaciones sencillas no cuestan lo mismo que una inspección con acta, propuesta de sanción y recurso. Las inspecciones y los sancionadores complejos están excluidos de los planes mensuales precisamente porque cada uno necesita su propio alcance.
Si el expediente acaba ante los tribunales —recurso contencioso-administrativo— se presupuesta como proyecto separado, con procurador y tasas detallados. Antes de gastar, sabes cuánto cuesta cada paso.
Preguntas frecuentes
Sanciones, licencias y plazos
Me ha llegado una sanción. ¿Cuánto tiempo tengo para alegar?
Depende del procedimiento, pero los plazos habituales van de 10 a 15 días hábiles para alegaciones y un mes para recurrir. Lo importante: el plazo corre desde la notificación y no perdona. Envíanos la notificación el mismo día que la recibas.
¿Merece la pena alegar o es mejor pagar pronto con reducción?
Depende del expediente: a veces la prueba de la Administración es débil y alegar tiene recorrido; otras, pagar con la reducción por pronto pago es la decisión económica correcta. Lo analizamos antes de decidir, porque alegar por alegar también cuesta.
¿Podéis conseguirme una licencia de actividad?
Podemos estudiar la viabilidad, preparar la solicitud y hacer el seguimiento ante el ayuntamiento, pero la licencia depende de la normativa urbanística y del técnico municipal: no prometemos resultados, prometemos un expediente bien presentado y defendido.
Me piden reintegrar una subvención. ¿Hay que devolverla entera?
No necesariamente. Los requerimientos de reintegro admiten alegaciones: sobre la justificación presentada, sobre el cómputo de los gastos o sobre la propia calificación de incumplimiento. Cada caso depende de la convocatoria y de lo justificado; se analiza antes de pagar nada.
¿Esto entra en mi plan mensual?
Las consultas y respuestas sencillas a comunicaciones, sí. Las inspecciones y los procedimientos sancionadores complejos están expresamente excluidos de los planes y se presupuestan como proyecto aparte, con el alcance y el coste por escrito.
El plazo ya corre