Saltar al contenido principal

Personas · Administrativo y sanciones

Sanciones y recursos, con el plazo a la vista.

Revisamos la notificación y el expediente para definir la respuesta que corresponda.

Notificación — ejemplo ordenado

Recibida el 8 de octubre de 2026

Qué se notifica

Propuesta de sanción por estacionamiento en zona reservada.

Cronología

Hechos del 12 de septiembre; notificación del 8 de octubre; plazo en curso.

Qué falta

Las pruebas que aportes: fotos, tickets o testigos, si los hay.

Siguiente paso

Con el expediente revisado, el despacho propone alegaciones, recurso o no actuar.

Ejemplo ilustrativo. Los datos de los ejemplos son ficticios.

Por qué urge

Los plazos administrativos son cortos

15 días

es el plazo habitual para presentar alegaciones en muchos procedimientos sancionadores.

1 mes

suele ser el plazo para interponer un recurso de alzada contra el acto administrativo.

Firme

es lo que ocurre cuando el plazo pasa: pagas la sanción sin discutir hechos ni cuantía.

El problema

Contra la administración no gana quien tiene razón: gana quien alega a tiempo y con prueba

Una notificación administrativa no es una sentencia: es el inicio de un procedimiento en el que puedes alegar, aportar prueba y recurrir. Pero solo dentro de plazo. Dejarla en el cajón es aceptar la versión de la administración tal cual.

Alcance honesto

Qué puede hacer Mercader Legal

Qué hacemos

  • Analizar la sanción o el acto: hechos, prueba, procedimiento y plazos
  • Redactar y presentar alegaciones o recursos dentro de plazo
  • Ordenar la prueba a tu favor: documentos, fotografías, testigos
  • Reclamar responsabilidad patrimonial con cuantificación fundamentada
  • Hacer seguimiento de la primera resolución y valorar el siguiente paso

Qué no está incluido

  • Recursos contencioso-administrativos ante los tribunales (presupuesto aparte)
  • Peritajes técnicos, si fueran necesarios
  • Tasas administrativas que exija el procedimiento
  • Procedimientos penales derivados de los mismos hechos

Proceso

De la notificación a la resolución

  1. Recepción y análisis inmediato

    Nos envías la notificación completa con su fecha de recepción. Analizamos hechos, prueba y plazos: en administrativo, el calendario manda sobre todo lo demás.

  2. Estrategia de respuesta

    Decidimos qué encaja: alegaciones, recurso de alzada o reposición, o reclamación patrimonial, y con qué argumentos y prueba.

  3. Redacción y presentación dentro de plazo

    Presentamos el escrito con la prueba ordenada y acuse de recibo. La presentación se hace siempre dentro del plazo legal: por eso pedimos la notificación cuanto antes.

  4. Seguimiento de la resolución

    Analizamos la primera resolución contigo: si se estima, se desestima o conviene escalar a la vía contencioso-administrativa, que se presupuestaría aparte.

Documentación

Qué enviarnos cuanto antes

Documentación que necesitaremos

  • La notificación completa, con todas sus hojas y el sobre o acuse de recepción
  • Fecha exacta en que la recibiste: de ella dependen los plazos
  • Pruebas a tu favor: documentos, fotografías, contratos, justificantes
  • Resoluciones o escritos anteriores del mismo expediente, si los hay

No hace falta que esté perfecto: la notificación fotografiada con la fecha de recepción ya nos permite calcular el plazo.

Precio

Consulta de 30 minutos: 302,50 € · IVA incluido

Consulta de 30 minutos con tu abogado para revisar tu asunto, con una primera actuación escrita cuando procede. Si la resolución es desfavorable y conviene llegar a los tribunales, el recurso contencioso-administrativo se presupuesta por separado antes de decidir.

Ver todos los honorarios
Plazo orientativo
Confirmamos el encaje y concretamos la primera actuación antes de contratar
Gastos externos
Ninguno en la primera actuación descrita
Siguiente paso
Si el asunto requiere una intervención más amplia, acordamos su plan y presupuesto contigo.

Preguntas frecuentes

Sobre sanciones y recursos

¿Cuánto cuesta presentar un recurso administrativo?

El servicio de entrada es la consulta de 30 minutos por 302,50 € con IVA incluido: análisis del acto o sanción y de los plazos y, cuando procede, un primer escrito presentado ante el organismo competente con revisión de la primera contestación. Si el asunto requiere una intervención más amplia —alegaciones ampliadas, recursos sucesivos o la vía contencioso-administrativa—, acordamos su alcance y presupuesto contigo.

¿Cuánto tiempo tengo para recurrir?

Poco: muchos plazos de alegaciones son de 15 días y los recursos suelen tener un mes desde la notificación. La fecha de recepción manda, así que envíanos la notificación completa cuanto antes, aunque sea fotografiada.

¿Merece la pena recurrir o es mejor pagar?

Depende de la prueba, el procedimiento y la cuantía. A veces la sanción es sólida y lo razonable es pagar pronto con reducción; otras hay defectos de forma o hechos mal descritos que cambian el resultado. Una consulta te lo dice con claridad.

¿Y si la administración no contesta a mi recurso?

El silencio administrativo tiene efectos jurídicos que varían según el procedimiento: a veces equivale a estimación, otras a desestimación. Lo analizamos en tu caso concreto y te decimos qué cabe hacer en cada momento.

¿Podéis reclamar un daño causado por la administración?

Sí, mediante la reclamación de responsabilidad patrimonial: hay que acreditar el daño, su cuantía y la relación con la actuación administrativa. Requiere prueba ordenada y tiene plazo propio, así que conviene empezar cuanto antes.

El plazo no espera

Envíanos la notificación cuanto antes. Te devolvemos el plazo calculado y una estrategia con la mayor agilidad.

Formulario sin coste · Consulta de 30 minutos: 302,50 € IVA incluido · Urgencias de menos de 3 días laborables sujetas a aceptación expresa