P19 · Negociación extrajudicial previa
Intenta un acuerdo con una negociación preparada por tu abogado.
Si quieres reclamar una deuda, resolver un incumplimiento o explorar un acuerdo antes de demandar, preparamos la negociación y dejamos constancia de sus pasos. Revisamos también si la actuación puede servir para el requisito previo del procedimiento que se esté valorando.
Consulta de 30 minutos
302,50 €
IVA incluido
Revisamos la documentación esencial y hablamos de tu asunto durante 30 minutos. Cuando procede, el servicio incluye un primer escrito, su envío por burofax electrónico o presentación ante el organismo competente y la revisión de la primera contestación.
Preparar una negociación previa.Confirmamos el encaje y la primera actuación antes de contratar.
Qué aporta este servicio
Una petición clara, una propuesta que pueda negociarse y un registro de la invitación y del resultado. La otra parte puede aceptar, formular una alternativa, rechazarla o no responder. En cualquiera de esos escenarios, te explicamos el siguiente paso.
La actuación se prepara según el conflicto y la vía futura. No cualquier carta de pago cumple por sí sola los requisitos de una negociación previa.
Qué incluye la consulta de 30 minutos
Trabajamos sobre un asunto concreto y una primera actuación definida antes de contratar. Si necesitas una intervención más amplia, acordamos su plan y presupuesto contigo.
La negociación preparada por el abogado —modalidad, rondas, tiempo de intervención y documento de cierre— se concreta por escrito con alcance y presupuesto propios antes de contratarla. Si una negociación sigue abierta o conviene ampliarla, te proponemos el alcance adicional antes de continuar.
- Revisión de la documentación esencial del asunto.
- Consulta de 30 minutos por llamada o videollamada.
- Valoración jurídica y explicación de las opciones.
- Un primer escrito relacionado con el asunto, cuando proceda.
- Envío del primer burofax electrónico o presentación del escrito ante el organismo competente, según la actuación acordada.
- Revisión de la primera contestación y orientación sobre el siguiente paso.
Cuándo requiere otro presupuesto
Varias contrapartes, documentación extensa, controversias societarias complejas, acuerdos con garantías, negociación prolongada o materias que no encajen en la vía civil o mercantil prevista. También quedan fuera la actuación como tercero neutral y la conciliación privada, que son funciones diferentes de defender a un cliente.
Qué no incluye
Demandas, audiencias, procurador, notaría, homologación, recursos ni ejecución. El acuerdo puede obligar a las partes, pero disponer de un título directamente ejecutable puede exigir formalidades adicionales.
Proceso
Cómo trabajamos
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Nos cuentas qué ocurre.
Respondes unas preguntas breves y dejas tu teléfono. Puedes pedir la llamada aunque todavía no tengas todos los documentos.
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Revisamos el encaje.
El abogado identifica la actuación posible, la documentación necesaria y las cuestiones que requieren estudio. La llamada inicial sirve para concretar el encargo; el asesoramiento y el estudio documental forman parte del servicio contratado.
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Decides con el precio por escrito.
Recibes la hoja de encargo con el alcance, los honorarios y la representación necesaria. El trabajo comienza cuando aceptas el encargo y se completa la documentación imprescindible.
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Actuamos y te informamos.
Preparamos la reclamación o el trámite acordado, conservamos la constancia de presentación y te explicamos la respuesta o la siguiente decisión.
La fecha de preparación y presentación se acuerda al aceptar el encargo, según la documentación y los plazos de tu asunto. Si hay una fecha límite, indícala al solicitar la llamada. No podemos prometer cuándo contestará la otra parte ni cuándo resolverá un organismo.
Documentación que te pediremos
- Contrato o documentos que expliquen la controversia, importe o pretensión, comunicaciones previas y datos de la otra parte. Si otro abogado llevará el eventual procedimiento judicial, podemos coordinar el alcance con él con tu autorización.
No hace falta tenerlo todo para pedir la llamada: podrás completar la información y subir documentos desde tu enlace privado después de registrar la solicitud.
Dudas frecuentes
¿Este servicio cumple el requisito MASC antes de demandar?
Se prepara con esa finalidad cuando corresponda, pero hay que examinar el tipo de acción, la materia, la modalidad y la acreditación necesaria. No sirve indistintamente para cualquier procedimiento.
¿Y si la otra parte no responde?
Documentamos la invitación, su recepción o el resultado del intento y las fechas. El abogado comprueba cuándo y cómo puede darse por terminado el proceso sin acuerdo.
¿Tengo que aceptar un acuerdo?
No. No aceptamos en tu nombre una propuesta, renuncia o reconocimiento sin tu aprobación expresa.
¿Representáis a los dos?
En este producto defendemos a quien nos encarga la actuación. Actuar como persona neutral sería otro servicio, con sus requisitos e imparcialidad propios.
¿Puede servir si después demanda otro abogado?
Sí, podemos preparar la actuación y facilitarle la documentación procedente con tu autorización. La coordinación y el contenido que puede comunicarse deben respetar la confidencialidad aplicable.
¿Un acuerdo privado permite embargar directamente?
No siempre. Para tener un título ejecutivo puede necesitar escritura pública u otra formalización prevista por la ley. Te indicamos qué formalidades serían necesarias.
¿Incluye cualquier cantidad de mensajes o reuniones?
No. El alcance de la negociación —rondas y tiempo de intervención— se concreta por escrito antes de contratarla. Si el asunto necesita una ampliación, se propone y acepta antes de prestarla.
Intenta un acuerdo con una negociación preparada por tu abogado.
La actuación incluye el trabajo indicado. El cobro, la devolución o la aceptación por la otra parte dependen del caso y de su respuesta.
Hablarás con José Mercader Castaño, abogado ejerciente, colegiado ICAM n.º 145034. Atención en Madrid y online en toda España.